Rubén González Vallejo
Università degli Studi di Macerata, Italia
Resumen
Los géneros textuales se presentan como patrones
uniformados e inmutables en la formación del traductor jurídico, pues cada
género discursivo mantiene unas características diferentes que habrá que respetar
en la traducción. A tal respecto, el presente estudio aborda las principales
clasificaciones de géneros textuales en el lenguaje de las leyes (desde los
textos escritos, como los normativos y los doctrinales, hasta los orales), a
partir de Pontrandolfo (2013), Mortara
Garavelli (2001) y Vegara
Fabregat (2006). Todo ello junto con integraciones personales con el objetivo
de crear un recorrido formativo para el traductor jurídico.
Palabras clave: géneros textuales, lenguaje
jurídico, traducción jurídica, textos jurídicos
Abstract
Textual genres are presented
as uniform and immutable patterns in the training of legal translators, as each
discursive genre has different characteristics that must be respected in
translation. In this regard, this study addresses the main classifications of
textual genres in the language of law based on Pontrandolfo
(2013), Mortara Garavelli
(2001) and Vegara Fabregat
(2006), from written texts, such as normative and doctrinal texts, to oral
texts. All this together with personal integrations with the aim of creating a
formative path for the legal translator.
Keywords: text genre, legal
language, legal translation, legal texts
1. Introducción
Desde los estudios en interpretación de
conferencias destinados a entender la estructura del inminente discurso hasta su
análisis por parte de la lingüística para analizar su transcendencia, el género
textual se postula como el gran aliado de la pragmática. De todas las
definiciones facilitadas para el concepto de género jurídico, cual convención
rígida situacional impuesta por la sociedad, abogamos por la que exponemos a
continuación:
…existen unos modelos rígidos y
repetitivos que impone la cultura jurídica heredada, los hábitos profesionales,
las costumbres sociales e incluso la formación académica […]. Si a esta
realización textual concreta le sumamos un objetivo comunicativo claro o una
función jurídica específica, el resultado es el concepto de género jurídico
(Borja, 2007, p. 144).
Tradicionalmente, muchos han sido los esfuerzos por
clasificar los textos según su microestructura y macroestructura para entender
los mecanismos que esconden y poder, de este modo, agruparlos según sus
características pragmáticas y retóricas. Según Borja (2000), la clasificación
de textos posee múltiples ventajas. Por un lado, tiene una notable repercusión
en la calidad de la traducción, pues la homogeneización siempre ofrece un
estándar de calidad y, por consiguiente, una terminología específica gracias a
la existencia de otros textos que recogen las mismas características. Por otro
lado, ayuda a la creación de corpus gracias a la existencia de textos paralelos
y, al mismo tiempo, demuestra ser de gran utilidad en la didáctica de la
traducción, dado que se trata de documentos auténticos que se encuadran en un
determinado ámbito de especialidad.
Esta visión de la didáctica de textos
especializados en traducción encuentra respuesta en el esfuerzo por facilitar
la tarea al traductor en el análisis de elementos característicos que puedan
reflejar la misma convención textual y discursiva en la lengua de llegada. Por
su parte, Delgado y García (2011) coinciden en que el género textual ayuda al
traductor a moverse dentro de un amplio espectro, lo cual es de agradecer, dada
la vastedad de la disciplina del derecho. Asimismo, Vegara
Fabregat (2006) añade que, si se extraen las características fundamentales de
un texto (este autor expone el ejemplo del contrato de compraventa), el
traductor tendrá facilitado su trabajo cuando se encuentre con posterioridad
ante otro texto del mismo género[1].
2. Los géneros textuales
En cuanto a la clasificación de los géneros
textuales en el ámbito jurídico, recurriremos inicial y parcialmente a la
llevada a cabo por Pontrandolfo (2016), a la cual
integraremos, luego, breves aportes en cuanto a los textos administrativos,
notariales, doctrinales, normativos y judiciales. Además, a una indicación de
los documentos más representativos de cada género, añadiremos breves notas
didácticas que podemos aplicar en la formación del traductor jurídico,
ampliando de este modo los proporcionados por el autor.
a)
Textos administrativos
·
Ejemplos: instancias, comunicaciones, notificaciones,
actas, certificados (como el de antecedentes penales, de defunción o de cremación),
etc.
·
Objetivo didáctico: al ser los documentos más requeridos
en este campo para su traducción, pues son los más inherentes a la persona, el
objetivo didáctico se basaría en la enseñanza de los principales cometidos del traductor
jurado en España e Italia, así como en la diferencia entre traducción jurídica,
jurada y judicial. Por último, se buscaría la información institucional acerca
de dónde y cómo solicitar ciertos documentos, como los certificados de
antecedentes o de defunción, que otorgarán al traductor el rol, según Mayoral
(2005), de cuidador y jurista, por los que es capaz de asesorar al cliente en
caso de que sea necesario.
b)
Textos notariales
·
Ejemplos: contratos de compraventa, testamentos,
legalizaciones de documentos (como títulos académicos, traducciones, actas,
diligencias), etc.
·
Objetivo didáctico: son los documentos públicos por
excelencia, por lo que es menester conocer la función de la apostilla y la
información institucional, tanto en España como en Italia, y saber de dónde y
cómo se solicita. En el caso del contrato de compraventa, uno de los textos más
estudiados en la traducción jurídica, se podría llevar a cabo el análisis de la
macroestructura y microestructura a través de la comparación de textos
paralelos. A este propósito, Pontrandolfo (2016)
indica dos autores que analizan para el caso español (Zambrana Moral, 2003) e
italiano (Rodríguez Reina, 2003) las características de tales contratos.
c)
Textos doctrinales
·
Ejemplos: ensayos, tesinas, proyectos de investigación,
manuales universitarios, páginas web especializadas, material y artículos de
divulgación, etc.
·
Objetivo didáctico: estos documentos pueden ser eficazmente
útiles para la explicación del derecho como disciplina en el primer estadio de
aprendizaje del traductor. Entre los campos más recurrentes, podemos encontrar,
como hemos mencionado anteriormente, entre otros, textos del derecho procesal,
mercantil, internacional, comunitario y comparado.
Por otra parte, se
podría trabajar la terminología, que se puede extraer de artículos de
divulgación y de páginas web especializadas. A continuación, mencionamos
algunas páginas que pueden resultar, a nuestro juicio, interesantes para la
extracción de terminología a través de textos doctrinales:
§ Colegio de Abogados de Barcelona (http://www.icab.cat/)
§ Registro
Mercantil Central (http://www.rmc.es/)
§ Colegio de Registradores (http://www.registradores.org/)
§ Consejo General del Poder Judicial (http://www.poderjudicial.es)
§ Ministerio de Justicia (https://www.mjusticia.gob.es)
§ Consejo General del Notariado (http://www.notariado.org)
d)
Textos normativos
·
Ejemplos: convocatoria de becas, reales decretos,
órdenes, resoluciones, leyes, etc.
·
Objetivo didáctico: estos textos presentan normalmente
una estructura muy clara y una sintaxis muy marcada, lo cual puede facilitar la
clasificación de las similitudes lingüísticas entre el italiano y español en el
lenguaje jurídico. Algunos ejemplos estarían compuestos por los latinismos y
las fórmulas arcaicas, los tiempos verbales o los diferentes usos del que, entre otros. Se podría empezar con
el análisis y traducción de la Constitución en ambos sistemas jurídicos, para
aprender así las características del documento que subyace en los cimientos
legislativos de nuestra sociedad.
Por otra parte, las
leyes nos pueden ayudar a trabajar minuciosamente la macroestructura y
microestructura de este tipo de textos a través de elementos específicos, como
la figura que aprueba la ley, quien posee el cometido de aplicarla, el
destinatario, el ámbito de aplicación, qué se pretende y los aspectos
temporales que deben respetarse.
e)
Textos judiciales
·
Ejemplos: amparos, recursos, denuncias, apelaciones,
autos, sentencias, etc.
·
Objetivo didáctico: este género de textos conviene
dejarlo en último lugar debido a la dificultad que presenta a nivel lingüístico
y conceptual. Se puede trabajar con temas que se hayan analizado en los géneros
anteriores. Por ejemplo, si en el apartado b) se ha trabajado el testamento
como ejemplo de texto notarial, aquí se podría trabajar la denuncia por falso
testamento o el recurso a una sentencia en dicho ámbito, ya que el estudiante
se habrá familiarizado con el vocabulario más recurrente.
Por su parte, Mortara Garavelli (2001) realiza una clasificación de los textos
jurídicos divididos en textos normativos (normativi), interpretativos (interpretativi) y
apelativos (appellativi):
Textos
normativos Son los textos con
base prescriptiva que se encuentran en los pilares de los documentos
reguladores. |
La Constitución, las
convenciones, los decretos ley, las leyes, los decretos legislativos, los
códigos (Código de Tráfico y Seguridad Vial, Código de Derecho de la
Navegación Marítima y Área, Código de Justicia Militar, CP, CC, Ley de
Enjuiciamiento Criminal, Ley de Enjuiciamiento Civil), las normativas y los
estatutos. |
Textos
interpretativos Son los textos que
dependen de una interpretación jurídica. La literatura de especialidad los
divide en cuatro tipos: literales (significado propio de las palabras),
lógicos (según la intención del legislador), analógicos (cuando se recurre a
otras leyes parecidas para colmar carencias) y sistemáticos (cuando se
completa la normativa con principios generales). |
Libros de naturaleza jurídica, artículos de
revista, doctorados, notas en sentencias o congresos, entre otros. |
Textos
apelativos Son los documentos que
prevén la aplicación de normas. |
A causa de su vastedad encontramos dos grandes divisiones: 1. Los actos procesuales en función de los sujetos jurídicos
(resoluciones judiciales o expedientes de la Fiscalía, entre otros). 2. Los actos administrativos (decretos, ordenanzas, actas, visados,
certificados, etc.) y con efecto jurídico-privado (actos notariales y
testamentos, entre otros). |
Tabla 1 – Clasificación
de textos jurídicos según Mortara Garavelli
(2001)
En relación con el estudio de textos específicos
en la traducción jurídica, Taranilla y Yúfera (2012)
abogan por abordar específicamente los textos narrativos y argumentativos en la
disciplina del derecho, pues los consideran esenciales en la formación del
traductor. En el caso del texto argumentativo, este es necesario porque los
profesionales del derecho hacen uso de la justificación y de la persuasión
durante la gran mayoría de sus acciones. Adicionalmente, exponen
tres ejemplos al respecto extraídos del CC, de un informe jurídico y de una
sentencia del TC (Tribunal Constitucional), y con ellos defienden la enseñanza
de una gramática argumentativa de los textos jurídicos a través de partículas
discursivas y de las funciones argumentativas estudiadas por Toulmin. Por su parte, el texto narrativo muestra hechos
cercanos a la cotidianidad, como en el caso de la sentencia, y las competencias
para este tipo de textos normalmente se desarrollan imitando otros textos, si
bien existan diferencias sustanciales en función del objetivo que se pretende
perseguir. Por ello, defienden en la figura del traductor el estudio y la
diferenciación de la narrativa periodística y jurídica.
Por último, en cuanto a la clasificación de los
géneros textuales orales, Vegara Fabregat (2006) va
más allá de la categoría de géneros orales que proponen otros autores al
exponer que los géneros de ficción debieran ampliarse, pues la importancia que
desempeña el derecho en la televisión o en las series y que ve como
protagonistas historias reales, ha hecho que el género de la novela (el más
citado por los autores en esta clasificación) no refleje la realidad actual. Lo
ejemplifica de este modo:
Dentro de los géneros orales se
encuentran ejemplos muy relevantes en un juicio, pero la clasificación podría
estar más completa con una referencia, entre otros, a las conversaciones que
tienen lugar en los denominados institutional settings, como la Oficina de Inmigración, las aduanas o los
hospitales (Vegara Fabregat, 2006, p. 7).
Esta autora realiza, por una parte, una
clasificación de los géneros escritos de ficción (novela, libros basados en
hechos reales, artículos y crónicas periodísticas), y por otra una
clasificación oral y audiovisual (obras de teatro, series de televisión y
películas, documentales, entrevistas, anuncios y páginas web de información
jurídica, entre otros).
Debido a la dificultad de acceder a los tribunales
durante los procesos judiciales, la importancia de estos textos jurídicos
orales reside en el contenido y en la forma: por una parte, se muestran las
diferentes fases de los procesos y, por otra, la terminología y las fórmulas
rituales más recurrentes. Por ello, a continuación, mostramos una propuesta de
cinco libros, ocho películas y cuatro documentales que representan casos
judiciales y que pueden ser de gran utilidad para la formación del traductor
jurídico en la didáctica de los géneros textuales orales de ficción. En la
columna de la izquierda aparecerá el título en español junto al original entre
paréntesis, mientras que en la columna de la derecha aparecerá la información
correspondiente al director y al año de estreno.
LIBROS |
|
A sangre fría (In cold blood) |
Truman
Capote (1966) |
Anatomía de un asesinato (Anatomy of a murder) |
Robert Traver
(1958) |
Crímenes (Verbrechen) |
Ferdinand
von Schirach (2009) |
Defender a Jacob (Defending Jacob) |
William Landay
(2012) |
El Socio (The partner) |
John
Grisham (1998) |
PELÍCULAS |
|
12 hombres sin piedad (12 angry men) |
Sidney Lumet (1958) |
El inocente (The Lincoln lawyer) |
Brad Furman (2011) |
El veredicto (The children act) |
Richard Eyre (2018) |
En el nombre del
padre (In the name of the father) |
Jim Sheridan (1993) |
Matar a un ruiseñor (To kill a mockingbird) |
Robert Mulligan (1962) |
Philadelphia (Philadelphia) |
Jonathan Demme (1993) |
Sócrates (Socrate) |
Roberto Rossellini
(1971) |
Un hombre para la eternidad (A man for all seasons) |
Fred Zinnemann (1966) |
DOCUMENTALES |
|
Crude: el
auténtico precio del petróleo (The Real Price of Oil) |
Joe Berlinger (2009) |
Cuando el matrimonio se convierte en castigo (When marriage becomes
punishment) |
Nadir Bouhmouch
(2013) |
El abogado del terror (L'avocat de la terreur) |
Barbet Schroeder (2007) |
Presunto culpable |
Roberto Hernández y Geoffrey Smith (2008) |
Tabla 2 – Libros, películas y documentales sobre
casos judiciales
3. Conclusiones
La importancia del estudio de los géneros
textuales reside en detectar las diversas características que subyacen en cada
documento. En el caso del lenguaje jurídico, estos recubren una relevancia
mayor por tratarse de un lenguaje hermético y ampuloso, en donde las
convenciones discursivas se respetan con gran rigidez. Por todo ello, hemos
descrito las clasificaciones que consideramos más importantes en mano de
autores tanto españoles como italianos con el objetivo de otorgar una
contrastiva de los textos que los estudiantes de traducción jurídica de ambos idiomas
pueden encontrar.
Inicialmente hemos visto la clasificación de Pontrandolfo, a la que hemos añadido más ejemplos y
objetivos didácticos; posteriormente hemos visto la clasificación tripartita de
Mortara Garavelli, que
clasifica todos los textos en normativos, interpretativos y apelativos; por
último, hemos visto los géneros orales con una reflexión de Vegara,
para los cuales hemos creado ad hoc
una clasificación de libros, películas y documentales que puedan ayudar al
traductor jurídico en su formación.
Concluiremos resaltando la necesidad de estudiar
en traducción el género textual desde un punto de vista formal y desde la microestructura
y macroestructura, pues la presencia de elementos específicos en el texto
impera de manera diversa en cada género.
______________________
Referencias bibliográficas
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alemán, inglés,
italiano y árabe) (pp. 191-215). Comares: Granada.
[1] A este
respecto, vemos oportuno realizar la diferencia entre género y tipología
textual, pues ambos conceptos suelen crear confusión en los estudiantes. Ambas
son formas que se rigen por convenciones y, mientras que la primera posee
rasgos discursivos, la segunda se caracteriza por factores lingüísticos (Ciapuscio, 1994).