AUTOFINANCIAMIENTO POR ENRIQUECIMIENTO CUESTIÓN AXIAL DEL RÉGIMEN SOCIETARIO

Autores/as

  • Ricardo Olivera García

Palabras clave:

autofinanciamiento societario – dividendo en acciones – ganancias repartibles – viabilidad económica.

Resumen

Resumen: Es importante encarar el difícil equilibrio entre los paradigmas del dividendo vs. autofinanciamiento, el que debe buscarse en la aplicación de los criterios de razonabilidad y prudencia para la constitución de reservas. Este criterio resulta extrapolable a cualquier forma de autofinanciamiento: mantenimiento de las ganancias como utilidades acumuladas, constitución de reservas, capitalización de utilidades (pago de dividendo en acciones), así como para la aplicación de los criterios contables (depreciaciones, previsiones y provisiones) que inciden en la determinación de la utilidad social.
Esos criterios de razonabilidad y prudencia deben ser aplicados atendiendo al interés social, entendido como el objetivo de creación de valor para la sociedad, en beneficio de socios y otros terceros vinculados, y en su viabilidad misma. Estas decisiones sociales en materia de financiamiento, provengan de los administradores o de los propios socios, son siempre decisiones de administración, alcanzadas por los deberes fiduciarios de lealtad y diligencia que la ley impone, y sujetas a las responsabilidades correspondientes.

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Publicado

2019-04-29