La Comisión Permanente del Pacífico Sur y su respuesta a la Corte Internacional de Justicia

Autores/as

  • Hugo Llanos Mansilla Pontificia Universidad Católica de Chile. Derecho Internacional Público. Universidades de Chile, de Talca y Central. Profesor de Derecho Internacional Público.

Palabras clave:

CIJ, Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS)

Resumen

El presente artículo se refiere a la consulta formulada por la CIJ el 10 de mayo de 2010 a la Comisión Permanente del Pacífico Sur en el marco del art. 34 párrafo 3 de su Estatuto y destaca las diferencias entre las posiciones chilena y peruana.

Biografía del autor/a

  • Hugo Llanos Mansilla, Pontificia Universidad Católica de Chile. Derecho Internacional Público. Universidades de Chile, de Talca y Central. Profesor de Derecho Internacional Público.
    Ex Secretario de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS ). Master en Derecho Internacional por la Universidad de Harvard (Boston). Catedrático de Derecho Internacional Público envarias universidades chilenas. Profesor Honorario de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba de la Universidad Nacional de Córdoba Argentina. Ha sido Secretario General de la Comisión Permanente del Pacífico Sur.

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Publicado

2011-04-16

Número

Sección

Doctrina e investigación

Cómo citar

La Comisión Permanente del Pacífico Sur y su respuesta a la Corte Internacional de Justicia. (2011). Revista De La Facultad De Derecho, 2(1). https://revistas.psi.unc.edu.ar/index.php/refade/article/view/5943