CESACIÓN DE PAGOS Y LA LIQUIDACIÓN DEL FIDEICOMISO (PENSAMIENTOS PARA LA CRISIS POSCUARENTENA)
Resumen
Resumen: Liminar ensayo, ante la pandemia económica, sobre aspectos en torno a la liquidación de un fideicomiso, conforme a la expresión del tercer párrafo del artículo 1687, que establece que, “a falta de otros recursos provistos por el fiduciante o el beneficiario según previsiones contractuales, procede su liquidación, la que está a cargo del juez competente”.
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Publicado
2020-07-23
Número
Sección
Doctrina