LA MEJORA ESTRICTA: MEDIO PARA UNA MAYOR LIBERTAD DE TESTAR
Palavras-chave:
Derecho de sucesiones, Facultad de mejorar, Legítima, Libertad testamentaria, Artículo 2448 CCC, Patrimonio familiarResumo
La mejora es un instituto sucesorio típico del derecho hispánico, que combina la libertad de testar con la sucesión forzosa. En general, se la ha conocido como el “tercio de mejora”, porque se trata de una porción que constituye normalmente el tercio de la herencia y que está destinada a acrecentar la porción hereditaria de cualquiera de los descendientes (conocida como legítima estricta y que normalmente es una legítima corta) y cuyo reparto, por tanto, es desigual. La ventaja es que la mayor libertad de disposición que ofrece la mejora, respecto de los sistemas donde predomina la sucesión legal con legítimas largas, es que se limita a la familia legitimaria. Y, además, un heredero podría acumular además de la porción legítima correspondiente, la porción de mejora y la porción de libre disposición. Puede utilizarse para mejorar a los descendientes que necesiten especialmente de un capital para atender sus enfermedades, para premiar los servicios prestados al causante o para continuar los bienes familiares. Se analizará, entonces, esta institución del derecho de sucesiones desde su vigencia en el Derecho visigodo, su presencia en el derecho indiano, la suerte que tuvo en el Código Civil, los proyectos de restauración del instituto en la Argentina y su pervivencia en algunos países hispanoamericanos.
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