“PECCATA SUOS TENEANT AUCTORES”. EXCEPCIÓN EN EL DERECHO ACTUAL

Autores

  • Bibiana Llaryora

DOI:

https://doi.org/10.31054/2314.3061.v12.n2.43032

Palavras-chave:

Peccata suos, Culpabilidad, Delitos, Autores, Responsabilidad personal

Resumo

Tomando como punto de partida la regla jurídica que expresa: “Peccata suos teneant auctores”- “Obliguen los delitos a sus propios autores”, contenida en el Libro IX del Código, Título XLVII, denominado “De las Penas”, constitución 221, correspondiente a los emperadores Arcadio y Honorio -año 399- se observa que ese precepto romano está relacionado en nuestro tiempo, con el principio de culpabilidad y el de la personalidad de las penas. Sin embargo, es factible mencionar a una situación que, aparentemente, quedaría fuera de la regla. A ella se hará referencia en el presente trabajo.

Biografia do Autor

  • Bibiana Llaryora

    Abogada por la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). Profesora de Derecho Romano (Facultad de Derecho FD-UNC). Tutora académica en la asignatura Práctica Profesional III (Área Legislativa) del Programa de Enseñanza para la Práctica Jurídica (FD-UNC).

Publicado

2023-11-10

Edição

Seção

Doctrina e investigación

Como Citar

“PECCATA SUOS TENEANT AUCTORES”. EXCEPCIÓN EN EL DERECHO ACTUAL. (2023). Revista De La Facultad De Derecho, 12(2), 191-208. https://doi.org/10.31054/2314.3061.v12.n2.43032