LA GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN

Autores

  • Mónica Assandri
  • Laura Calderón

DOI:

https://doi.org/10.31054/2314.3061.v12.n2.43033

Palavras-chave:

Gestación por sustitución, Regulación, Igualdad real, Protección jurídica

Resumo

En el marco del derecho de familia vigente, se examina sobre la base de un análisis comparativo de la jurisprudencia nacional, derecho y jurisprudencia extranjera, si reglamentar en nuestro país “la gestación por sustitución” brinda mayor seguridad, igualdad y protección jurídica a las personas que recurren a estas técnicas o se sigue dejando librado a la discrecionalidad judicial el reconocimiento de este derecho fundamental “a intentar ser progenitores en virtud de una de las técnicas de reproducción humana asistida”, para concluir, asumiendo la necesidad de su regulación a los fines de brindar protección y justa composición de intereses de todos los involucrados.

Biografia do Autor

  • Mónica Assandri

    Abogada. Especialista en Derecho de Familia por la Universidad Nacional de Córdoba. Profesora por concurso de: Privado I (Parte General Civil y Comercial), Privado VI (Familia y Sucesiones), I.E.C.A. (Introducción a los Estudios de la Carrera de Abogacía) de la FD-UNC. Profesora en la Universidad Siglo 21 en la Carrera de Posgrado Especialización en Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia. Investigadora categorizada de la SECyT UNC. Mail: moassandri@hotmail.com

  • Laura Calderón

    Profesora Derecho Privado III de la Facultad de Derecho de UNC. Profesora experta en Derecho Privado II, III Y IV de la Universidad Siglo 21. Investigadora categorizada de la SECyT UNC.

Publicado

2023-11-14

Edição

Seção

Doctrina e investigación

Como Citar

LA GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN. (2023). Revista De La Facultad De Derecho, 12(2), 209-240. https://doi.org/10.31054/2314.3061.v12.n2.43033