EXTENSIÓN MODAL EN LA DONACIÓN
DOI:
https://doi.org/10.31054/2314.3061.v14.n2.43660Palavras-chave:
Donación, Cargo, ExtensiónResumo
Las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación sobre las donaciones modales y su revocación por incumplimiento del cargo generan interesantes y aún no extinguidas cavilaciones doctrinarias y jurisprudenciales. La más acusada y preocupante es la relativa al carácter perpetuo o temporal que debe asignársele al cargo si no se ha convenido un plazo de consumación. El asunto está íntimamente relacionado a los vínculos perpetuos, a la necesidad de liberar al donatario luego de un plazo razonable, y a impedir que el donante pueda dejar sin efecto el acto si el beneficiario quebranta el modo.
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