La regulación de la prueba del daño en los códigos nacionales y provinciales
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Resumen
La normativa que regula la carga de la prueba del daño en nuestro ordenamiento presenta diversas variables. El Código Civil y Comercial de la Nación regula esta temática de manera genérica al establecer que quien debe probar la existencia del daño es el accionante. Los códigos procesales establecen reglas más flexibles en lo que respecta a la acreditación de la cuantía de la indemnización. Los ordenamientos adjetivos de la Nación y la Provincia de Córdoba presentan diferencias en lo referido a la incidencia de la negligencia probatoria en relación al deber del juez de estimar el monto de la indemnización, lo que puede generar diversas consecuencias que merecen ser valoradas de acuerdo a los intereses afectados.
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